Procedimiento de Cuentas de Balance

Es un instrumento que registra los desbalances de energía acumulados de un remitente y las acciones para corregirlos. La Cuenta de Balance de Energía se actualizará diariamente de acuerdo con las mediciones que efectúe el transportador y con la alternativa de Acuerdo de Balance adoptada por los remitentes para equilibrar los desbalances.

Si los volúmenes tomados por el remitente son inferiores al 5% de la capacidad máxima del gasoducto y el transportador no puede obtener los datos operacionales en forma diaria, la cuenta de balance podrá ser elaborada mensualmente. En este caso se utilizará el proceso de reconciliación sin que esto implique reabrir las Cuentas Diarias de Balance de todos los remitentes del sistema de transporte.

Cuando los equipos de medición acordados por las partes lo permitan, el CPC respectivo pondrá a disposición diariamente en el BEO, a más tardar a las 12 horas, la Cuenta de Balance de energía de cada remitente, con el desbalance preliminar hasta las 24 horas del día anterior de gas, en el formato que el mismo disponga. Con esta información el remitente podrá conocer la cantidad de energía que tiene a favor o en contra en el inventario del gasoducto, de tal forma que si lo requiere pueda tomar acciones necesarias para hacer que la Cuenta de Balance tienda a cero (0) al final del mes correspondiente.

El remitente podrá utilizar, nominaciones diferentes de entrada y salida para equilibrar sus Cuentas de Balance, siempre que estas nominaciones se efectúen dentro de los ciclos de nominación de suministro y transporte establecidos en el RUT. Los acuerdos de balance y de asignación son mecanismos utilizados entre los agentes para el manejo de los desbalances en los sistemas de transporte de gas natural.

Es un documento escrito pactado mutuamente entre dos partes, mediante el cual se especifican los procedimientos que se utilizarán para el manejo comercial de los desbalances que presente diariamente un Sistema de Transporte. Podrán celebrarse Acuerdos de Balance, entre cualquier pareja de Agentes. Al atender los desbalances de energía, el CPC tendrá el siguiente orden de prioridad:

  1. Acuerdos de Balance entre remitentes.
  2. Acuerdos de Balance entre remitentes y productores-comercializadores, comercializadores o almacenadores.
  3. Acuerdos de Balance entre transportadores y cualquier otro agente.

Todo remitente que suscriba un Acuerdo de Balance con cualquier Agente diferente al transportador, deberá entregar copia de dicho acuerdo al CPC correspondiente, así mismo el transportador deberá suministrar información oportuna a sus remitentes para facilitar el manejo de desbalances por parte de cada remitente.
En aquellos casos en los cuales el transportador adquiera gas, con el propósito de corregir desbalances de energía, el transportador podrá establecer libremente el precio del gas suministrado al remitente


Información importante:
En está sección puede encontrar la información relacionada con las Cuentas de Balance, tener presente lo siguiente:

  • Descargar Cuentas de Balance antes del 1 de Julio/2019 (Solamente Abril 1 a Junio 30/2019), ingresar aquí
  • Para acceder a las Cuentas de Balance después de Julio 1/2019 lo debe hacer desde nuestra nueva plataforma, ingresando a enlace CGA