La Transportadora de Gas Internacional - TGI SA ESP- en aras de ofrecer soluciones de transporte de gas natural a sus clientes establece los lineamientos para la prestación del servicio de transporte de gas natural, que se presenta a continuación:
Aplicará para remitentes que tengan contratos de transporte en firme vigentes desde cualquier Punto
de Inicio de Servicio al Sistema de Transporte administrado por TGI S.A ESP.
Para los casos en los cuales el servicio de Desvío que solicite el Remitente se encuentre dentro de
los tramos del Contrato de Transporte, este será autorizado por el Transportador y solo podrá
negarse por razones de tipo técnico u operativo.
Para los casos en los cuales el servicio de Desvío que solicite el Remitente contenga tramos
adicionales a los que se encuentran en el Contrato de Transporte, el servicio será autorizado por el
Transportador siempre y cuando exista capacidad disponible primaria en todos y cada uno de los
tramos regulatorios adicionales que comprende la nueva trayectoria y solo podrá negarse por
razones de tipo técnico u operativo.
Documento: I-GEC-015
De acuerdo con lo definido en la Resolución CREG 026 de 2021, se podrán comercializar capacidades de Transporte en las modalidades Firme y con interrupciones a partir de la expedición de esta, la publicidad en el BEO del proceso y hasta el 31 de mayo de 2021.
A continuación, se describen las acciones para la prestación del servicio:
Se establecen los lineamientos para acceder a contratos de transporte de gas natural en firme destinados a la demanda de gas natural en el sector petroquímico, considerando que estos se encuentran exceptuados de las normas expedidas en el marco de la regulación vigente para el servicio de transporte de gas natural combustible.
A continuación, se describen las acciones para la prestación del servicio: